Uno de los grandes interrogantes cuando hay choque entre dos vehículos en un cruce de calles es saber quien es el responsable. Según la ley de transito la prioridad de paso es ceder el paso al vehiculo que viene por la derecha pero existen excepciones. En esta nota hablamos justamente de este tema de forma completa.

El derecho de paso es un tema de discusión en cada siniestro, y sobre todo si el choque se produce cuando uno de los vehículos involucrados ingresa a una Avenida desde la derecha.

Después del siniestro es muy común que veamos una discusión entre ambos conductores.

Si nos acercamos seguramente escucharemos al conductor que tiene la derecha sostener su prioridad de paso.

Lo mismo hará el conductor del vehículo que circula por la Avenida, ya que aludirá su prioridad por estar circulando sobre una arteria de mayor jerarquía.

En toda ciudades hay esquinas “peligrosas” que son conocidas por tener varios choques similares al que estamos analizando.

Seguramente en cada siniestro podremos escuchar el mismo debate entre los vecinos y demás espectadores del hecho.

¿Quién tiene Prioridad de Paso?

La respuesta a esta pregunta es la que nos resolverá la duda de que Aseguradora se hará cargo de los daños que sufrió el vehículo que tiene el derecho de paso.

Para responderla vamos a ir directamente a la Ley Nacional de Transito (Ley 24.449).

El Articulo 41 de la Ley mencionada es el que habla de las Prioridades: “Todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha. Esta prioridad del que viene por la derecha es absoluta

Luego de marcarnos la prioridad absoluta para el vehículo que circula desde la derecha, el Artículo continúa expresando las 10 excepciones adonde esta prioridad se pierde, pero nada nos dice en esas exclusiones del hecho que estamos viendo (intersección entre una calle y una Avenida).

Según la legislación en este siniestro la prioridad seria para el vehículo que ingresa desde una calle a la Avenida, ya que circula desde la derecha.

Esto no quiere decir que por estar circulando desde la derecha podemos salir a chocar a todo vehículo que se cruza en nuestro camino.

Ya que debemos tener en cuenta que se entiende por prioridad absoluta de la derecha cuando los dos vehículos ingresan a la intersección al mismo tiempo, es decir el impacto es en la parte delantera de ambos vehículos.

Una vez producido el siniestro es muy importante la pericia técnica, entre otras cosas para determinar la velocidad de circulación.

Ya que si el vehículo que circula desde la derecha excede la velocidad permitida, puede perder la prioridad o determinarse que la culpa del siniestro es de ambos conductores (culpa concurrente).

¿Cada siniestro puede tener una resolución distinta?

Si, cada siniestro es distinto, y a pesar de circular por la derecha podemos perder esta prioridad en algunas situaciones.

También debemos saber que la legislación y Jurisprudencia puede ser diferente en algunas Provincias.

Prioridad de Paso en la Provincia de Buenos Aires

La Provincia de Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional en su Nuevo Código de Transito (Ley Provincial 13.927, Reglamentación Decreto 532/2009).

Por lo que mantiene la prioridad para el vehículo que circula desde la derecha, fijando también las excepciones mencionadas en la legislación nacional.

Esta norma se mantiene del anterior Código provincial (Ley  11.430), en el Articulo 57 podíamos leer: “El conductor que llegue a una bocacalle o encrucijada debe en toda circunstancia ceder el paso al vehículo que circula desde su derecha hacia su izquierda, por una vía pública transversalEsta prioridad es absoluta…”

Al igual que en la legislación nacional hay algunas excepciones adonde se pierde esta prioridad, pero tampoco habla sobre el caso que estamos viendo.

Por lo tanto entre una Avenida y una calle la prioridad de paso en la Provincia de Buenos Aires es absoluta para el vehículo que circula desde la derecha.

Prioridad de paso entre una moto y un auto

Tanto para la Ley Nacional de Tránsito como para la Jurisprudencia de la Provincia de Buenos Aires la prioridad de paso es para el vehículo que circula desde la derecha, sin importar que sea un auto, una moto o una pick-up.

Más allá de que en la mayoría de los siniestros adonde hay una persona lesionada (generalmente el conductor de la moto) cuando interviene la Policía y la Ambulancia se abre una causa sobre el conductor del vehículo de mayor porte.

Años atrás esa causa indefectiblemente responsabilizaba al conductor del auto o pick up, obligando a su Aseguradora a resarcir los daños del conductor de la moto.

Eso cambio en los últimos años como vimos en el caso judicializado en la Provincia de Buenos Aires.

Ahora muchos Jueces o como en este hecho la Suprema Corte de Justicia de la Provincia falla dando la prioridad al vehículo que circula desde la derecha.

¿Quién tiene prioridad de paso en un cruce de calles?

Tanto en la Ley Nacional de Transito, como en la legislación de la Ciudad y la Provincia de Buenos Aires, podemos ver que en una intersección entre dos calles la prioridad de paso es para el vehículo que circula desde la derecha.

Esta prioridad es absoluta y solo se pierde en los 10 casos que como vimos anteriormente están plasmados en el Artículo 41 de la legislación nacional.

¿Si te chocan de la derecha quién paga?

Para realizar la indemnización en un siniestro, las Compañías de Seguro primero deben determinar que vehículo fue el responsable.

Para eso se basan en la Ley Nacional de Transito (24.449), el Articulo 41 es el que establece que la “prioridad del (vehículo) que viene por la derecha es absoluta.”

Por lo tanto si te chocan desde la derecha, será el otro vehículo el que tenga prioridad de paso, y la responsabilidad del siniestro será tuya por no haber respetado dicha prioridad.

Si bien este derecho de paso es absoluto, hay excepciones adonde se pierde.

Uno de esos casos es cuando el vehículo que circula desde la derecha lo hace por una calle de tierra e ingresa a una calle asfaltada.

El mismo Artículo 41 de la Ley 24.449 es el que marca las excepciones adonde el vehículo que circula desde la derecha pierde la prioridad de paso.

 

¿Cuando se pierde la prioridad de paso?

Cuando llegamos a una intersección, sabemos que la prioridad de paso es para el vehículo que circula por la derecha.

Esta prioridad no es arbitraria, sino que es la forma que encontraron los legisladores para ordenar el tránsito.

Prioridad de Paso Ley 24449

En el Artículo 41 de la Ley 24449 podemos leer: “PRIORIDADES. Todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha. Esta prioridad del que viene por la derecha es absoluta…”

Esta prioridad es absoluta, pero es la misma legislación la que establece excepciones.

 

1) La señalización específica en contrario

Cuando llegamos a una intersección y hay un cartel de PARE CEDA EL PASO debemos detener la marcha completamente, aunque estemos circulando desde la derecha.

Cuando nos encontramos con este cartel es lo mismo que si estuviéramos frente a un semáforo en rojo y solo podremos continuar una vez que nos hayamos asegurado que la intersección se encuentra libre para el cruce.

2) Los vehículos ferroviarios

3) Los vehículos del servicio público de urgencia, en cumplimiento de su misión

Perdemos la prioridad de paso con las ambulancias, patrulleros o autobomba de los bomberos siempre que estos vehículos estén cumpliendo una misión y tengan la sirena encendida.

4) Los vehículos que circulan por una semiautopista. Antes de ingresar o cruzarla se debe siempre detener la marcha

La legislación aclara semiautopista y no dice nada de las Avenidas. En el Artículo 5 de la Ley mencionada define a la  semiautopista de la siguiente manera: “un camino similar a la autopista pero con cruces a nivel con otra calle o ferrocarril”.

Y sobre la Autopista nos dice que es: “una vía multicarril sin cruces a nivel con otra calle o ferrocarril, con calzadas separadas físicamente y con limitación de ingreso directo desde los predios frentistas lindantes”.

Es decir que según la legislación nacional entre una Avenida y una calle la prioridad sigue siendo del vehículo que circula desde la derecha. Ahora cuando nos encontramos cruzando una semiautopista esta prioridad se pierde.

5) Los peatones que cruzan lícitamente la calzada por la senda peatonal o en zona peligrosa señalizada como tal; debiendo el conductor detener el vehículo si pone en peligro al peatón

Cuando llegamos a una intersección y hay un peatón cruzando o comenzando a cruzar la calle siempre debemos detener la marcha hasta que este termine de cruzar.

6) Las reglas especiales para rotondas

El vehículo que se encuentra circulando dentro de una rotonda o está saliendo de ella tiene prioridad de paso por sobre el vehículo que intenta ingresar.

7) Se desemboque desde una vía de tierra a una pavimentada

Cuando nos encontramos circulando por una calle de tierra, debemos detenernos por completo antes de ingresar a una arteria asfaltada,  ya que esta es otra de las excepciones adonde perdemos la prioridad.

8) Se circule al costado de vías férreas, respecto del que sale del paso a nivel.

En la imagen vemos un utilitario blanco que por estar saliendo del paso a nivel, tiene prioridad de paso por sobre el auto gris que circula desde su derecha.

9) Se haya detenido la marcha o se vaya a girar para ingresar a otra vía

10) Se conduzcan animales o vehículos de tracción a sangre.

El Artículo mencionado concluye indicándonos lo siguiente: “Si se dan juntas varias excepciones, la prioridad es según el orden de este artículo. Para cualquier otra maniobra, goza de prioridad quien conserva su derecha. En las cuestas estrechas debe retroceder el que desciende, salvo que éste lleve acoplado y el que asciende no.”

Es muy importante conocer estas prioridades, porque serán las que determinen la responsabilidad en un siniestro.



wpChatIcon
wpChatIcon